Rectificación Resolución 932-16 UNLP

Compartimos aquí la Resolución 1183-16 del 8 de noviembre de este año, Res-1183-16, en donde la UNLP rectifica el error cometido al expresar que la traducción de la documentación de los estudiantes extranjeros debía ser realizada por un Escribano Público Nacional (Res. 932-16).

Por otro lado, les hacemos saber que la página de la UNLP con información sobre el ingreso, http://www.unlp.edu.ar/ingreso,  ya ha sido modificada también. Al final de la entrada publicada dice, para el caso de estudiantes extranjeros:

A la unidad académica, el aspirante deberá concurrir  con la planilla de la respectiva unidad académica, más 3 fotos carnet, original y fotocopia de Pasaporte/Cédula/DNI/Constancia de Identidad equivalente y Título Secundario (Certificado analítico de todos los años del secundario con el detalle de las asignaturas y sus respectivas calificaciones) legalizado por el Ministerio de Educación y Consulado Argentino o Apostillado de su país de origen, debidamente convalidado por el Ministerio de Educación de la Nación. Aquellos que no estuvieran en español deberán presentar la traducción realizada por Traductor Público Nacional.res-1183-16

Además, les hacemos saber que nos hemos estado comunicando con las distintas unidades académicas de la UNLP para que procedan a corregir la información visible en sus sitios web, en caso de que esta sea incorrecta.